jueves, 7 de julio de 2011

INVITACION A CONFERENCIA

La FECI tiene el agrado de invitar a las personas a todas las pèrsonas interesadas, a la Conferencia sobre el tema: PROYECCION DEL MOVIMIENTO SINDICAL PARAGUAYO Y LATINOAMERICANO, los expositores serán: VICTOR BAEZ MOSQUEIRA Y RODOLFO ROMERO, para el día jueves 07 de julio del corriente año, a las 16:00 hs., en el Aula Magna de la Universidad Catolica, Independencia Nacional y Comuneros ( al costado de la Catedral) .-


REDACCION CENTRAL

Capacitación docente adelanta el inicio de vacaciones de invierno

El Ministerio de Educación y Cultura (MEC) informó que mañana se desarrollará en todo el país la segunda jornada de la Campaña Nacional de Apoyo Pedagógico a Docentes y Directores 2011.

Por lo tanto, ese día se suspenderán las clases e iniciarán las vacaciones de invierno para los escolares, que oficialmente estaban marcadas para el lunes 11. El receso de invierno en las instituciones educativas dura dos semanas y los alumnos volverán a clases el próximo 25 de julio.

Unos 80.000 educadores y educadoras de colegios y escuelas públicas, privadas subvencionadas y de algunas privadas formarán parte de esta iniciativa.

La primera jornada del presente año tuvo un promedio de participación, a nivel nacional, del 90 por ciento, informó el MEC.

Los materiales facilitados a los docentes son diferenciados por niveles, ciclos y materias (Educación Inicial; 1°, 2° y 3° ciclo de la Educación Escolar Básica; Educación Media; Educación Permanente y Educación Indígena). Ya fueron distribuidos los programas de estudio y materiales de apoyo a ser utilizados para el desarrollo de los contenidos.

“Construyendo experiencias pedagógicas en la nueva escuela pública paraguaya”, es una novedosa iniciativa que cuenta con el acompañamiento de agremiaciones de docentes, para apoyar pedagógicamente a los 80.000 maestros, maestras, directores y directoras de las escuelas públicas y subvencionadas de la patria”, agregó el reporte.

La campaña se desarrolla a través de talleres que se realizan en las propias localidades de los maestros y las maestras, y se extenderá hasta el mes de octubre próximo.
lanacion.com.py

INVITACION ESPECIAL

INVITACIÓN ESPECIAL del Instituto de Educación Superior Kyre´y Saso

Invita a participar del III Curso Internacional de Educación, Arte y Tecnología.

Será con el Prof. Lic. Ángel Zamora , de España.

Los cursos son :
Danzas del mundo
Danzas Americanas
Trabajo y Tecnología para la Escuela
Música y Expresión Corporal para la Escuela

Más Informes
Reservas e inscripciones :Lapacho 216 esquina Mencia de Sanabria
Teléfonos : (021) 560 390 - (0972) 460 295

miércoles, 6 de julio de 2011

Ministerio de Educacion anuncia reajuste salarial .


El MEC anunció que para el año próximo requerirá 656 mil millones de guaraníes extra para hacer frente al pago de beneficios para el magisterio. Más de la mitad de este dinero será destinado a un reajuste salarial para la docencia.

La mayor cantidad de educadores beneficiados serán los más de 63.000 maestros de grado, para los que se propone un 22% de reajuste salarial, de modo a que perciban por turno de cuatro horas diarias un salario equivalente al mínimo vigente para los obreros; es decir, 1.658.232 guaraníes. Actualmente, un maestro de grado percibe al mes 1.358.280 guaraníes por turno.

Con respecto al reclamo de pago de bonificación familiar por el segundo hijo y de reemplazo por maternidad, el viceministro de Educación, Héctor Valdez, explicó que existen los recursos para este año, pero es necesario un plan financiero del Ministerio de Hacienda.
abcdigital

lunes, 4 de julio de 2011

REQUISITOS PARA RECATEGORIZACION

DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA LA RECATEGORIZACION, A HACER PRESENTADO EN MOVIMIENTO PERSONAL.

  1. NOTA DIRIGIDA AL DIRECTOR AL ABOG. ANTONIO CUEVAS.-
  2. HOJA DE PROPUESTA ( 3 COPIAS).-
  3. FICHA Y SOLICITUD DE CARGO.-
  4. FOTOCOPIA DE CEDULA DE IDENTIDAD ( AUTENTICADA).-
  5. COPIA DE CERTIFICACION ( AUTENTICADA).-
  6. CERTIFICADO DE TRABAJO ( ORIGINAL).-
  7. CUADRO DE PERSONAL ( ACTUALIZADO)


REDACCION CENTRAL - FECI

Docentes podrán recibir a través del celular información sobre concurso de oposición

Las y los educadores interesados en postularse a los Concursos Públicos de Oposición, tendrán la oportunidad de acceder a través de mensajes de textos a modelos de ítems similares a los empleados en las Pruebas de selección y sugerencias de materiales bibliográficos.

Como parte de incorporar tecnologías a los sistemas educativos, el MEC utiliza como estrategia metodológica el uso de los teléfonos celulares; además de ser un medio que se encuentra al alcance de la mayoría de la población.

Las y los interesados en recibir este nuevo servicio deberán contar con un teléfono móvil e inscribirse en sus respectivas Coordinaciones Departamentales y/o Supervisiones de Control y Apoyo Administrativo, en la página web oficial del MEC www.mec.gov.py o a la dirección de correo electrónico dgdpe@mec.gov.py

Además de recibir mensajes de texto con los respectivos ítems y datos bibliográficos, cada docente podrá interactuar con integrantes del Equipo Técnico Pedagógico de la Dirección General de Desarrollo Profesional, a través de un Foro Virtual disponible en la página web www.mec.gov.py/foro

fuente. mec

Nuevo proyecto de Ley Educación Superior

Abog. Christian Godoy Silveira

Nuevo proyecto de Ley Educación Superior

En estos momentos existe un nuevo proyecto de Ley de Educación Superior impulsado por varias instancias entre ellas el MEC, el CONEC y la UNA, el mismo posee similitudes y diferencias con el proyecto anterior elaborado en el parlamento.

Autonomía

Las universidades son autónomas. Los institutos superiores y los institutos
Profesionales del tercer nivel no tienen autonomía. La autonomía de las universidades será académica, de gobierno, administrativa y económica.

En el campo académico:

a. Ejercer la libertad de la enseñanza y de la cátedra;
b. Habilitar carreras de pre-grado, grado y de postgrado, cumpliendo estrictamente con los requisitos legales establecidos;
c. Formular y desarrollar planes de estudio, de investigación científica y de extensión a la comunidad;
d. Otorgar títulos de pre-grado, grado y postgrado conforme a las condiciones que se establecen en las disposiciones legales vigentes;
e. Establecer el régimen de admisión, permanencia y promoción de los estudiantes, conforme a los méritos, la capacidad, los esfuerzos, así como el régimen de equivalencia de planes y programas de estudios de otras instituciones;

En el gobierno y administración:

a. Dictar y reformar sus estatutos acordes a los principios y objetivos de la
educación superior. Los que deben ser comunicados formalmente al Ministerio de Educación y Cultura una vez que entren en vigencia;
b. Elegir sus autoridades respetando los principios democráticos constitucionales;
c. Establecer o modificar su estructura organizacional y administrativa;
d. Crear facultades o unidades académicas;
e. Establecer de acuerdo a las normas legales vigentes, el régimen de acceso, permanencia y promoción de los educadores del nivel superior en sus distintas funciones, priorizando la calificación académica, los méritos y la honorabilidad de los postulantes;
f. Seleccionar y nombrar el personal de servicios administrativos; establecer su régimen de trabajo y promoción acorde con las leyes nacionales;
g. Administrar sus bienes y recursos, conforme a sus estatutos y las leyes que regulan la materia;
h. Mantener relaciones y firmar acuerdos de carácter educativo, científico y cultural con instituciones del país y del extranjero;

En lo económico:

a. Elaborar sus presupuestos y administrar sus bienes y recursos propios en concordancia con las leyes que rigen la materia.

La autonomía Universitaria

Abg. Christian Godoy


La autonomía Universitaria

El concepto de autonomía se emplea en el art. 79 de la Constitución Nacional y dice “Las Universidades son autónomas. Establecerán sus estatutos y formas de gobierno y elaboraran sus planes de estudio de acuerdo con la política educativa y los planes de desarrollo nacional. Se garantiza la libertad de enseñanza y la de cátedra. Las universidades tanto públicas como privadas, serán creadas por ley, la cual determinara las profesiones que necesiten títulos universitarios para su ejercicio”.
La Convención Nacional Constituyente que sanciono la Constitución Nacional el 20 de junio de 1992 elevo la autonomía universitaria al rango constitucional.

Características de la autonomía universitaria

1) Académica. Que implica que sus fines los realiza de acuerdo con la libertad de cátedra e investigación y el libre examen y discusión de las ideas; la determinación de sus planes y programas y la fijación de los términos de ingreso, promoción y permanencia del personal académico.

2) De Gobierno. Que implica el nombramiento de sus autoridades y el de otorgamiento de sus normas dentro de los marcos de su ley orgánica. En este último aspecto es interesante resaltar que la autonomía universitaria se asemeja a la autonomía de las entidades federativas: la facultad de legislar en un ámbito interno teniendo como guía una norma de carácter superior que no deben contravenir.

3) Económica, que implica la libre administración de su patrimonio. En nuestro país, las universidades de gestión pública a las que el Estado les otorga los recursos presupuestarios no tienen la libertad de determinar en que materias y en que proporción se gastaran estos recursos. Los entes universitarios rinden cuenta a los organismos gubernamentales, cuando deberían rendir cuenta al Consejo Universitario. Esto es un limite que consagra nuestra Constitución Nacional.

Jurisprudencia constitucional sobre la autonomía de las Universidades

Existe Jurisprudencia de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de la República del Paraguay en los siguientes Acuerdos y Sentencias:

a) Acuerdo y Sentencia Nº 148 del 13 de julio de 1995.
b) Acuerdo y Sentencia Nº 373 del 22 de noviembre de 1995.
c) Acuerdo y Sentencia Nº 153 del 25 de junio de 1998.
d) Acuerdo y Sentencia Nº 441 del 18 de diciembre de 1998.

Fuente: Marco Jurídico de la Autonomía Universitaria – Horacio Galeano Perrone